TÉRMINOS Y CONDICIONES DE ENTREGA DE EQUIPOS A TÍTULO DE  COMODATO. 

“Este equipo fue entregado al Usuario por RYR TELECOMUNICACIONES y deberá ser  devuelto por éste a la terminación del contrato. La no devolución o el uso indebido del  equipo generará un cobro, según lo dispuesto en la opción de acuerdos adicionales del  contrato de comodato suscrito por el usuario.” 

La manipulación del equipo puede causar retrasos en la solución remota de daños o  reconexiones generando la necesidad de soporte presencial de un técnico especializado,  afectando directamente la disponibilidad del servicio. 

OBLIGACIONES DEL SUSCRIPTOR / COMODATARIO 

  • El suscriptor / comodatario se obliga a restituir el o los equipos en buen estado y en  funcionamiento al terminar el contrato único de servicios fijos y/o comprobarse por  parte del operador un uso indebido. 
  • El suscriptor / comodatario se obliga a utilizar los equipos única y exclusivamente  para la prestación de los servicios contratados. 
  • El suscriptor / comodatario reconoce que la propiedad del o de los equipos es del  operador. 
  • El suscriptor / comodatario acepta su responsabilidad en cualquier deterioro del o de  los equipos que no provenga de la naturaleza de uso legítimo. Si este deterioro es  tal, que el o los equipo (s) no sea (n) susceptible (s) de emplearse en uso ordinario,  deberá pagar al operador el valor de $180.000.
  • El suscriptor / comodatario responderá además por lo dispuesto en el artículo 2203  del código civil colombiano. Puede consultar en 

http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo_civil_pr068.html#:%7E:text=ART%C3%8DCULO%202203.,hasta%20de%20la%20culpa%20lev%C3%ADsima

FACULTADES DEL OPERADOR 

  • Cobrar ejecutivamente el valor de los equipos, y para este efecto el suscriptor / comodatario renuncia con la suscripción del contrato a cualquier tipo de constitución en mora. 
  • Retirar el o los equipos cuando se constante un mal uso o un uso diferente a lo acordado. 
  • Reportar ante las centrales de riesgo al suscriptor / comodato por el incumplimiento  de las obligaciones acordadas. 

EN CASO DE SUSPENSIÓN POR MORA 

En caso de incurrir en mora con el pago de la prestación de los servicios y de que éstos hayan  sido suspendidos, el suscriptor contará con un plazo máximo de diez (10) días calendario  para efectuar el respectivo pago y solicitar la reconexión. En caso contrario deberá generar  la devolución del equipo en un tiempo no superior al establecido anteriormente para evitar el  cargo del mismo, el cual equivale a $180.000 y se sumará a la deuda en mora por la prestación  de los servicios. 

En caso de presentar inconvenientes con el funcionamiento de los equipos comuníquese  a la línea de atención al cliente 3002542934 y solicite soporte técnico.